Part A — General

COLREGs Rule 2: Responsabilidad

La Regla 2 establece que nada de lo dispuesto en las reglas exime de las consecuencias de descuidarlas ni de ignorar la buena práctica marinera ordinaria, y que debe apartarse de las reglas cuando sea necesario para evitar un peligro inminente.

Qué regla 2 dice

  1. Nada de lo dispuesto en las reglas exime a ningún buque, propietario, patrón o tripulante de las consecuencias de no cumplirlas, ni de descuidar cualquier precaución que tomaría un marinero ordinario.
  2. Al aplicar las reglas debe tenerse en cuenta todo peligro de navegación y de abordaje, así como cualquier circunstancia especial, incluidas las limitaciones de los buques implicados, que pueda hacer necesario apartarse de las reglas para evitar un peligro inminente.

Este es un resumen en lenguaje sencillo, no el texto oficial. Para el texto exacto, consulta el convenio de la OMI. En aguas del Reino Unido las reglas tienen fuerza legal a través de las Merchant Shipping (Distress Signals and Prevention of Collisions) Regulations.

Qué significa en un yate

Tener el derecho de paso nunca es motivo para mantener el rumbo hacia un abordaje. Si un buque claramente no le ha visto, apartarse de su camino es buena práctica marinera, y las reglas lo esperan.

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Otras reglas en Part A

Preguntas frecuentes

¿Puede infringir la COLREGS para evitar un abordaje?

Sí. La Regla 2(b) exige apartarse de las reglas cuando sea necesario para evitar un peligro inminente. Seguir una regla al pie de la letra no es excusa si la buena práctica marinera habría evitado el abordaje.